Plazo abierto

Escala de veterinaria (Acceso Libre) — Consellería de Hacienda y Administración Pública

Galicia Cuerpo facultativo superior de Administración especial (Escala de veterinaria)

Cierra en 8 días · 29 de septiembre de 2026

Plan de prueba disponible. Sin tarjeta.

Plazas
64
Grupo
Grupo A1
Acceso
Turno libre

Última publicación oficial: 1 de septiembre de 2026

Estado del proceso

En qué punto está el proceso hoy y qué se ha publicado hasta ahora.

Convocatoria de 86 plazas para el Cuerpo Facultativo Superior (escala de veterinaria, A1) de la Xunta de Galicia por el sistema de oposición (libre y promoción interna). El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles desde el día siguiente a esta publicación.

A fecha de 21 de septiembre de 2026, el proceso está en «plazo abierto» hasta el 29 de septiembre de 2026. La última publicación oficial recogida es del 1 de septiembre de 2026.

Publicaciones del proceso

Todo lo que se ha publicado sobre este proceso, de lo más reciente a lo más antiguo, con su documento oficial.

1 publicación

Bases de la convocatoria

  1. Convocatoria DOG

    Convocatoria de 86 plazas para el Cuerpo Facultativo Superior (escala de veterinaria, A1) de la Xunta de Galicia por el sistema de oposición (libre y promoción interna). El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles desde el día siguiente a esta publicación.

    DOG-20260901-10jl4e3

Plazas

Cuántas plazas se convocan y cómo se reparten entre turnos y especialidades.

Requisitos

Lo que hay que cumplir para presentarse, lo que cuesta y cómo se presenta la solicitud.

Titulación
Licenciatura o Grado en Veterinaria
Nacionalidad
Española o de Estados miembros de la UE, o estados donde sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
Edad
16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa
Otros
  • Capacidad funcional para el desempeño de las tareas
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración
  • No encontrarse inhabilitado para el desempeño de cargos públicos
  • No pertenecer ya al cuerpo y escala objeto de esta convocatoria
  • Para promoción interna: ser funcionario de carrera en grupos A1 o A2 y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años
Tasas
No indicadas · exenciones: Exención total para personas con discapacidad >= 33% y familias numerosas categoría especial. Exención del 50% para familias numerosas categoría general, demandantes de empleo (> 6 meses) y víctimas de terrorismo.
Solicitud
Presentación electrónica a través del formulario normalizado en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica. Presentar solicitud

fuente: DOG-20260901-10jl4e3

Proceso selectivo

Los ejercicios que hay que superar, en el orden en que los fijan las bases.

4 ejercicios · Oposición

  1. Test — Primer ejercicio

    Cuestionario de 140 preguntas (40 parte general, 100 específica) con 4 respuestas alternativas. Exentas las preguntas de la parte general para promoción interna.

    140 preguntas · eliminatorio · mínimo 18 de 36

  2. Test — Segundo ejercicio

    Cuestionario de 40 preguntas sobre dos supuestos prácticos de la parte específica (20 preguntas por supuesto). Corrección eliminatoria.

    40 preguntas · eliminatorio · mínimo 7 de 14

  3. Desarrollo — Tercer ejercicio

    Desarrollo por escrito de dos temas elegidos mediante sorteo de entre cinco de la parte específica.

    240 min · eliminatorio · mínimo 25 de 50

  4. Idiomas — Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua gallega

    Dos pruebas: traducción de un texto del castellano al gallego y del gallego al castellano.

    60 min · eliminatorio

Promoción interna: Los aspirantes de promoción interna están exentos de la parte general del primer ejercicio (contestan solo 100 preguntas de la específica) y el criterio de superación del 40% es distinto al libre.

fuente: DOG-20260901-10jl4e3

Temario

El programa completo de Escala de veterinaria (Acceso Libre), tema a tema, tal y como sale en la convocatoria.

79 temas

Fuente oficial del temario

a) Parte general

  1. 1. La Constitución española de 1978: título preliminar, título I (artículos 10, 14, 23, capítulo IV y capítulo V) y título VIII.
  2. 2. Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía para Galicia: título I, título II y título III.
  3. 3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título III, título IV (capítulo I y capítulo IV) y título V.
  4. 4. Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia: título preliminar, título I, capítulo I.
  5. 5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar, capítulos III y IV.
  6. 6. Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico: título preliminar, título I.
  7. 7. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título III, título VI (capítulos III y IV) y título VIII.
  8. 8. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: título I, título II, título III y título VIII.
  9. 9. Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia: títulos preliminar, I, II (capítulos I, II y XI), VI, VII y VIII. Título I de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
  10. 10. Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: título preliminar y títulos I y II.
  11. 11. Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno: título preliminar y título I.
  12. 12. Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  13. 13. Ley 9/2017, de contratos del sector público, libros I y II.

b) Parte específica

  1. 1. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad. Título preliminar: derecho a la protección de la salud. Título I, capítulo II (actuaciones sanitarias del sistema de salud), capítulo V (intervención pública en relación con la salud individual colectiva) y capítulo VI (infracciones y sanciones). Título II Competencia de las administraciones públicas.
  2. 2. La Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. Capítulo preliminar, disposiciones generales. Capítulo I, medidas de prevención y seguridad de los alimentos y piensos. Capítulo III, control oficial y coordinación administrativa. Capítulo IV, instrumentos de seguridad alimentaria. Capítulo VI, laboratorios. Capítulo VIII, publicidad de alimentos. Capítulo IX, potestad sancionadora. Infracciones y sanciones.
  3. 3. La Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. Título preliminar: objeto, alcance y definiciones. Artículo 33: concepto de autoridad sanitaria. Artículo 34: intervenciones públicas sobre actividades, centros y bienes. Artículo 37: la inspección sanitaria. Artículo 38: medidas preventivas en materia de salud pública. La Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública. Título preliminar: disposiciones generales y la política de salud pública. Título I: derechos, deberes y obligaciones en salud pública.
  4. 4. El Reglamento (CE) nº 178/2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria. El Reglamento (UE) nº 931/2011, relativo a los requisitos en materia de trazabilidad establecidos por el Reglamento (CE) nº 178/2002.
  5. 5. El Reglamento (CE) nº 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (excepto capítulo V y disposiciones finales). Comunicación de la Comisión sobre la aplicación de sistemas de gestión de la seguridad alimentaria que contemplan buenas prácticas de higiene y procedimientos basados en los principios del análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), especialmente la facilitación/flexibilidad respecto de su aplicación en determinadas empresas alimentarias (2022/C 355/01) (excepto anexos).
  6. 6. Real decreto 1021/2022 por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en los establecimientos de comercio al por menor.
  7. 7. Real decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.
  8. 8. El Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (excepto capítulo IV, disposiciones finales y anexo III). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano. Título I: objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Título II: requisitos específicos para la realización de controles oficiales y frecuencia mínima uniforme de tales controles de los productos de origen animal.
  9. 9. Sector cárnico. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: anexo III, sección I (carne de ungulados domésticos), sección II (carne de aves de corral y lagomorfos) y sección III (carne de caza de cría).
  10. 10. Sector cárnico. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: anexo III, sección IV (carne de caza silvestre), sección V (carne picada, preparados de carne y carne separada mecánicamente) y sección VI (productos cárnicos).
  11. 11. Sector cárnico. Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título III (requisitos específicos para la realización de los controles oficiales y frecuencia mínima uniforme de tales controles de carne fresca) y anexo II (modalidades prácticas de marcado sanitario).
  12. 12. Moluscos bivalvos vivos. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección VII del anexo III (moluscos bivalvos vivos). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título V (requisitos específicos relativos a los controles oficiales de moluscos bivalvos vivos procedentes de zonas de producción y reinstalación clasificadas) y anexo IV (método de referencia para el análisis de E. Coli en moluscos bivalvos vivos para la clasificación de las zonas de producción y reinstalación). Orden de 15 de enero de 2002 por la que se regula la extracción y comercialización de vieira ( Pecten maximus ).
  13. 13. Productos de la pesca. El Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección VIII del anexo III (productos de la pesca). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título VI (requisitos específicos y frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de los productos de la pesca) y anexo VI (modalidades prácticas de los controles oficiales de los productos de la pesca).
  14. 14. Leche y productos lácteos. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección IX del anexo III (leche cruda y productos lácteos). Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano: título IV (requisitos específicos y frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de leche cruda, calostro, productos lácteos y productos a base de calostro, necesarios para hacer frente a los peligros y riesgos uniformes reconocidos) y anexo III (métodos de análisis de la leche cruda y la leche de vaca tratada térmicamente).
  15. 15. Huevos y ovoprodutos. Reglamento (CE) nº 853/2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: sección X del anexo III (huevos y ovoprodutos). Reglamento delegado (UE) nº 2023/2465 de la Comisión, de 17 de agosto de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en el que se refiere a las normas de comercialización de los huevos y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 589/2008 de la Comisión: artículos 1 a 26 y anexo II (requisitos mínimos para los sistemas de producción de cría de gallinas ponedoras). Real decreto 1027/2024, de 8 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa de la Unión Europea de comercialización de huevos.
  16. 16. Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizadas para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios: título I (objeto, ámbito de aplicación y definiciones), título II (controles oficiales y otras actividades oficiales en los Estados miembros).
  17. 17. Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizadas para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios: título III (laboratorios y centros de referencia), título IV (asistencia y cooperación administrativas), título V (planificación e informes) y anexo III (caracterización de los métodos de análisis).
  18. 18. El Real decreto 562/2025, de 1 de julio, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados sobre la cadena agroalimentaria y operaciones relacionadas.
  19. 19. Reglamento (CE) nº 2073/2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios: artículos 1 a 11. Interpretación de los resultados de las pruebas establecidos en el capítulo I (criterios de seguridad alimentaria) y en el capítulo II (criterios de higiene de los procesos) del anexo I. El Reglamento de ejecución (UE) 2015/1375, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne. Capítulo I (disposición general) y capítulo II (obligaciones de las autoridades competentes y de los operadores de empresas alimentarias).
  20. 20. El Reglamento (UE) 2023/915, relativo a los límites máximos de determinados contaminantes en los alimentos, excepto los anexos. Reglamento de ejecución (UE) 2023/2782 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2023, por el que se establecen los métodos de muestreo y análisis para el control del contenido de micotoxinas en los alimentos (artículos 1 y 2 y parte I del anexo I). Reglamento (CE) 1882/2006 por el que se establecen los métodos de muestreo y de análisis para el control oficial del contenido de nitratos en ciertos productos alimenticios (artículos 1 y 2 y partes A y B del anexo –excepto los cuadros recogidos en el epígrafe B2–). Reglamento (CE) 333/2007 por el que se establecen los métodos de muestreo y análisis para el control oficial de los niveles de plomo, cadmio, mercurio, estaño inorgánico, 3-MCPD y benzo(a)pireno en los productos alimenticios (artículos 1 a 3 y partes A y B del anexo –excepto los cuadros recogidos en el epígrafe B2–). Reglamento (UE) 2017/644 por el que se establecen métodos de muestreo y de análisis para el control de los niveles de dioxinas, PCB similares a las dioxinas y PCB no similares a las dioxinas en determinados productos alimenticios (artículos 1 a 6 y partes I y II del anexo II).
  21. 21. Real decreto 191/2011, sobre Registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos. Decreto 74/2025, por el que se regula el Registro Gallego sanitario de empresas y establecimientos alimentarios y se establecen requisitos de higiene en la producción y comercialización para determinados establecimientos.
  22. 22. El Reglamento (CE) 1333/2008, sobre aditivos alimentarios (artículos 1 a 35 y anexo I). Reglamento (CE) 1935/2004 sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (artículos 1 a 28 y anexos I y II).
  23. 23. Real decreto 3/2023 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (capítulos I, II, III y VI). Real decreto 1798/2010 por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, excepto los anexos. Real decreto 1799/2010 por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano, excepto los anexos.
  24. 24. Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, excepto los anexos IV y del XIII al XV. Real decreto 1808/1991 por el que se regulan las menciones o marcas que permiten identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio.
  25. 25. Reglamento (UE) 1924/2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos.
  26. 26. Norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presentan sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador y de los envasados por los titulares del comercio al por menor, aprobada por el Real decreto 126/2015, de 27 de febrero.
  27. 27. La Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal: título I (disposiciones generales), capítulo I del título II (prevención de las enfermedades de los animales), capítulo III del título II (lucha, control y erradicación de enfermedades de los animales), capítulo V del título II (laboratorios), capítulo IV del título III (ordenación sanitaria del mercado de los animales) y título V (inspecciones, infracciones y sanciones).
  28. 28. Reglamento (UE) 2016/429, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales: capítulo 1 (objeto, finalidad, ámbito de aplicación y definiciones), capítulo 2 (enfermedades de la lista, enfermedades emergentes y especies de la lista) y capítulo 3 (responsabilidad en materia de sanidad animal) de la parte I; capítulo 1 (notificación de las enfermedades y envío de informes) y capítulo 2 (vigilancia) de la parte II; y título II (medidas de control de enfermedades) de la parte III. El Reglamento de ejecución 2020/688 por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 en lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de animales terrestres y de huevos para incubar: parte I (disposiciones generales) y capítulo 1 (requisitos generales para los desplazamientos de animales terrestres en cautividad y huevos para incubar dentro de la Unión) y del capítulo 2 (sección 1 –bovinos– y sección 3 –porcinos–) de la parte II.
  29. 29. Reglamento (UE) 2016/429, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal (Legislación sobre sanidad animal). Parte IV, título II: capítulo 1 (secciones 1, 2 y 4 excepto artículos 189 y 190). Reglamento delegado (UE) 2020/691 por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para los establecimientos de acuicultura y los transportistas de animales acuáticos. Artículos 2, 3 y 4.
  30. 30. Reglamento (UE) 2016/429, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal (Legislación sobre sanidad animal). Parte IV, título II: capítulo 2 (sección 1, sección 5 excepto artículos 211, 213, 214 y 218, y sección 6 excepto artículo 221). Reglamento delegado (UE) 2020/990, referente a los requisitos zoosanitarios y de certificación para los desplazamientos dentro de la Unión de animales acuáticos y productos de origen animal procedentes de animales acuáticos. Parte I: objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Parte II: capítulo 1 (requisitos generales de los operadores aplicables al transporte de los animales acuáticos), y capítulo 3, sección 3 (normas sobre la responsabilidad de la autoridad competente en lo que respecta a la certificación zoosanitaria). Reglamento de ejecución (UE) 2018/1882, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista. Artículos 1, 2, 3 y anexo en lo referente a enfermedades de la lista correspondientes a pesces, moluscos y crustáceos. Reglamento de ejecución (UE) 2020/2236 por el que se establecen normas para la aplicación de los reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios para la entrada en la Unión y los desplazamientos dentro de la Unión de las partidas de animales acuáticos y de determinados productos de origen animal procedentes de animales acuáticos, así como la certificación oficial relativa a dichos certificados, y se deroga el Reglamento (CE) 1251/2008, excepto los anexos.
  31. 31. El Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega). El Real decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro General de Movimientos de Ganado (Remo) y el Registro General de Identificación Individual de los Animales (Riia).
  32. 32. El Real decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos mínimos generales de las explotaciones y de su funcionamiento –excepto artículos 9 y 10–), capítulo III (identificación y movimiento de animales) y capítulo IV (autorización y registro de explotaciones) y anexos I (valores de equivalencia para el cálculo de UGM), VI (movimientos autorizados entre explotaciones de ganado bovino) y VII (contenido mínimo del libro de registro).
  33. 33. El Real decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (condiciones mínimas de funcionamiento –excepto artículos 9, 10 y 11–) y capítulo III (identificación de los animales y registro de las explotaciones de ganado porcino) y los anexos V (distancias mínimas entre explotaciones y entre explotaciones y otros establecimientos o instalaciones) y VI (movimientos entre explotaciones de ganado porcino).
  34. 34. El Real decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos mínimos generales de las explotaciones y de su funcionamiento –excepto artículos 11, 12 y 13–), capítulo III (movimiento e identificación de animales) y capítulo IV (autorización y registro de explotaciones) y el anexo VI (movimientos entre explotaciones ganaderas).
  35. 35. El Real decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. El Real decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
  36. 36. El Real decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.
  37. 37. El Real decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (medios y plazos de identificación –artículos 5 la 8, 15 y 16–), capítulo III (documentos de identificación), capítulo IV (documentos que acompañan al movimiento), capítulo V (libro de registro de explotación) y capítulo VI (bases de datos informatizadas) y los anexos I (apartados A a Ñ) y II (apartados 1 a 5, 7 y 10).
  38. 38. El Real decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
  39. 39. El Real decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos: capítulo I (disposiciones generales). Capítulo I (vigilancia de las zoonosis y de los agentes zoonóticos), capítulo III (resistencia a los antimicrobianos), capítulo IV (brotes de zoonosis) y anexo I (sobre la zoonosis y agentes zoonóticos que deben ser objeto de vigilancia). El Reglamento (CE) 2160/2003 sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos: capítulo I (disposiciones introductorias), capítulo II (objetivos comunitarios), capítulo III (programas de control), anexo I (zoonosis y agentes zoonóticos con respecto a los cuales se fijarán objetivos comunitarios de reducción de la prevalencia) y anexo II (control de las zoonosis y de los agentes zoonóticos).
  40. 40. El Reglamento (CE) 999/2001 por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (determinación de la calificación sanitaria respecto de la EEB), capítulo III (prevención de las EET) y capítulo IV (control y erradicación de las EET).
  41. 41. El Real decreto 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino. El Real decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky.
  42. 42. El Reglamento (UE) 2019/6, sobre medicamentos veterinarios: capítulo I (objeto, ámbito de aplicación y definiciones) y capítulo VII (suministro y uso). El Real decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios.
  43. 43. El Real decreto 2178/2004, de 12 de noviembre, por el que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas de uso en la cría del ganado. El Reglamento delegado (UE) 2019/2090, que complementa al Reglamento (UE) 2017/625 en lo que respecta a los casos de sospecha o constatación de incumplimiento de las normas de la Unión aplicables al uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas o sus residuos en medicamentos veterinarios o como aditivos de piensos, o de las normas de la Unión aplicables al uso de sustancias farmacológicamente activas no autorizadas o prohibidas, o sus residuos.
  44. 44. El Reglamento (CE) 1069/2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano: título I (disposiciones comunes) y capítulo I (obligaciones generales) del título II.
  45. 45. El Reglamento (UE) 142/2011 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y a los productos derivados no destinados al consumo humano, y la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la misma: capítulo V (recogida, transporte, identificación y trazabilidad) y anexo X (materias primas para alimentación animal). El Real decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y a los productos derivados no destinados al consumo humano: artículo 17 (recogida, transporte e identificación), artículo 18 (documento comercial y certificado sanitario) y artículo 20 (registro y autorización).
  46. 46. El Reglamento (CE) 183/2005 por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos. El Real decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el Registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión nacional de coordinación en materia de alimentación animal: artículos 1 a 15 y anexo I (establecimientos de piensos que tienen que figurar en los registros gestionados por las autoridades competentes), anexo II (datos mínimos del establecimiento y del operador de piensos responsable del establecimiento, que deben figurar en el Registro General) y anexo III (datos mínimos de la lista y número de identificación de los establecimientos de piensos sometidos a autorización).
  47. 47. El Reglamento (CE) 767/2009 sobre la comercialización y la utilización de los piensos: capítulo 1 (disposiciones preliminares), capítulo 2 (requisitos generales), capítulo 3 (comercialización de tipos específicos de piensos), capítulo 4 (etiquetado, presentación y envasado), capítulo 5 (catálogo comunitario de materias primas para piensos y códigos comunitarios de buenas prácticas de etiquetado) y anexo III (lista de materias primas cuya comercialización o utilización para la alimentación animal está prohibida o restringida).
  48. 48. El Reglamento (UE) 2019/4, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos: capítulo 1 (objeto, ámbito de aplicación y definiciones), capítulo 2 (fabricación, almacenamiento, transporte y comercialización), capítulo 3 (autorización de establecimientos), capítulo 4 (prescripción y uso) y anexo I (requisitos específicos para los explotadores de empresas de piensos), anexo III (requisitos de etiquetados específicos) y anexo V (información que debe incluirse en la prescripción veterinaria para el pienso medicamentoso). El Reglamento (CE) 1831/2003, sobre los aditivos en la alimentación animal: capítulo I (ámbito de aplicación y definiciones), capítulo III (etiquetado y envasado) y anexo I (grupo de aditivos).
  49. 49. El Real decreto 989/2022, de 29 de noviembre, por lo que se establecen normas básicas para el registro de los agentes del sector lácteo, movimientos de la leche y el control en el ámbito de la producción primaria y hasta la primera descarga.
  50. 50. El Real decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos de autorización y funciones de las entidades de control lechero), capítulo III (normas para el desarrollo del control del rendimiento lechero), capítulo IV (estructuras y herramientas de coordinación y apoyo del control lechero) y capítulo V (supervisión del control del rendimiento lechero).
  51. 51. El Real decreto 429/2022, de 7 de junio, por el que se establecen normas para la comercialización de los productos reproductivos de las especies ganaderas en el ámbito nacional y se regulan medidas para la aplicación de la normativa europea aplicable a los desplazamientos dentro de la Unión Europea de productos reproductivos de las especies ganaderas: capítulo I (disposiciones generales), capítulo II (requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y équidos en el ámbito intracomunitario), capítulo III (requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización de productos reproductivos en el ámbito nacional), capítulo IV (distribuidores de productos reproductivos en el ámbito nacional), capítulo V (Registro general de establecimientos y distribuidores de productos reproductivos y Registro Nacional de Bancos de Germoplasma).
  52. 52. El Real decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, y se modifican los reales decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre, y 1625/2011, de 14 de noviembre: capítulo I (disposiciones generales) y capítulo II (programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas).
  53. 53. La Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
  54. 54. El Real decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas. El Real decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
  55. 55. El Real decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.
  56. 56. El Real decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras, excepto el anexo V (contenido mínimo del plan de adaptación). El Real decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne y se modifica el Real decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
  57. 57. El Reglamento (CE) 1/2005, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas: capítulo I (ámbito de aplicación, definiciones y condiciones generales aplicables al transporte de animales), capítulo II (organizadores, transportistas, poseedores y centros de concentración), capítulo III (deberes y obligaciones de las autoridades competentes), capítulo I del anexo I (aptitud para el transporte), capítulo II del anexo I (medios de transporte), capítulo III del anexo I (prácticas de transporte), capítulo V del anexo I (intervalos de suministro de agua, de alimentación y tiempo de viaje y de descanso), capítulo VI del anexo I (disposiciones complementarias para los viajes largos de équidos domésticos y animales domésticos de las especies bovina, ovina, caprina y porcina) y el anexo II (cuaderno de a bordo u hoja de ruta, excepto las secciones).
  58. 58. El Reglamento (CE) 1099/2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza: capítulo I (objeto, ámbito de aplicación y definiciones), capítulo II (requisitos generales), capítulo III (requisitos adicionales aplicables a los mataderos), capítulo IV (vaciado sanitario y matanza de emergencia), capítulo I con el anexo I (métodos), anexo II (diseño, construcción y equipamientos de los mataderos) y anexo III (normas de funcionamiento de los mataderos).
  59. 59. Ley 4/2017, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia: título preliminar y títulos I a VII.
  60. 60. La Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. El Real decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. El Registro gallego de identificación de animales de compañía (Regiac).
  61. 61. La Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos.
  62. 62. El Reglamento (UE) 1380/2013, sobre la política pesquera común: parte I (disposiciones generales), título I de la parte III (medidas de conservación), título II de la parte III (medidas específicas), parte VII (acuicultura) y parte IX (control y ejecución). Orden de 27 de julio de 2012 por la que se regulan los tamaños mínimos de diversos productos pesqueros en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto los anexos.
  63. 63. El Reglamento (CE) nº 1224/2009 por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común. Título I: disposiciones generales, título II: principios generales, y título V, capítulo I: disposiciones generales del control en la cadena de suministro.
  64. 64. La Ley 11/2008, de pesca de Galicia: título II (de la conservación y la gestión de los recursos pesqueros y marisqueros), título VIII (de la comercialización, la transformación y la promoción de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura) y del título XIV (del régimen sancionador) el capítulo I (disposiciones generales), los artículos 134, 135, 139, 140, 141 y 151, y el capítulo IV (procedimiento sancionador).
  65. 65. El Reglamento (UE) nº 1379/2013 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura: capítulo I (disposiciones generales), capítulo III (normas comunes de comercialización) y capítulo IV (información del consumidor).
  66. 66. Real decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.

fuente: DOG-20260901-10jl4e3

Otras oposiciones que te pueden encajar

Convocatorias de tu comunidad y de tu grupo, con el plazo que les queda y en qué punto está cada proceso.

Plazo abierto Cierra en 11 días

Ingeniero/a de caminos

Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo · Vigo (Pontevedra)

Plazo abierto Cierra en 8 días

Arquitecto/a

Ayuntamiento de Pontevedra · Pontevedra

Ver todas las convocatorias →

¿Algo no cuadra o quieres preguntarnos por Escala de veterinaria (Acceso Libre) en Galicia?
Escríbenos a jordi@typedai.com.

Del boletín al temario

¿Ya sabes a cuál te presentas?

Sube el temario de tu convocatoria a Typed AI y conviértelo en test, flashcards, esquemas y resúmenes para empezar a estudiarlo hoy mismo.