Cada fila es un qué con su plazo y el artículo que lo fija. Las filas van agrupadas por el título de la ley en que aparecen.
| Qué | Plazo | Artículo |
|---|---|---|
| CAPÍTULO II — Recursos administrativos · Sección 2.ª Recurso de alzada | ||
Remisión del recurso al órgano competente por el órgano que dictó el acto impugnado ExplicaciónSi el recurso se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de diez días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente. | diez días | Artículo 121 |
| CAPÍTULO II — Recursos administrativos · Sección 1.ª Principios generales | ||
Alegaciones sobre nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario Explicación1. Cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario, se pondrán de manifiesto a los interesados para que, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, formulen las alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen procedentes. | no inferior a diez días ni superior a quince | Artículo 118 |
Suspensión automática de la ejecución del acto impugnado si no hay resolución expresa Explicación3. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. | un mes | Artículo 117 |
| CAPÍTULO II — Recursos administrativos · Sección 2.ª Recurso de alzada | ||
Interposición del recurso de alzada, si el acto fuera expreso Explicación1. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. | un mes | Artículo 122 |
Dictado y notificación de la resolución del recurso de alzada Explicación2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. | tres meses | Artículo 122 |
| CAPÍTULO II — Recursos administrativos · Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición | ||
Interposición del recurso de reposición, si el acto fuera expreso Explicación1. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. | un mes | Artículo 124 |
Dictado y notificación de la resolución del recurso de reposición Explicación2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes. | un mes | Artículo 124 |
| CAPÍTULO II — Recursos administrativos · Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión | ||
Interposición del recurso extraordinario de revisión: demás casos Explicación2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa a) del apartado anterior, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme. | tres meses | Artículo 125 |
Desestimación por silencio del recurso extraordinario de revisión Explicación3. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. | tres meses | Artículo 126 |
Recurso extraordinario de revisión: interposición (causa a) Explicación2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa a) del apartado anterior, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. | cuatro años | Artículo 125 |
| CAPÍTULO II — Recursos administrativos · Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición | ||
Transcurso del plazo para interposición del recurso de reposición Explicación1. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. | un mes | Artículo 124 |
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Une cada qué con su plazo
Las 11 parejas del cuadro «Plazos de los recursos», en rondas de cuatro. Toca un qué y después su plazo; si dudas, pide una pista.
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