Cuadros transversales · memoriza por artículo

Contratos menores y adjudicación directa por cuantía en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público

El cuadro «Contratos menores y adjudicación directa por cuantía» de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público reúne 13 filas con supuesto y valor estimado, y el artículo de cada una. Repásalo en la tabla y únelo de memoria con el juego de Typed AI.

13 filas
3 títulos de la ley

Gratis en Typed AI · empieza con esta ley.

Cada fila es un supuesto con su valor estimado y el artículo que lo fija. Las filas van agrupadas por el título de la ley en que aparecen.

Contratos menores y adjudicación directa por cuantía de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, con el artículo de cada fila
Supuesto Valor estimado Artículo
CAPÍTULO I — De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas · Sección 1.ª De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas
Contratos menores: contratos de obras
Explicación

1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.

inferior a 40.000 euros Artículo 118
Contratos menores: contratos de suministro o de servicios
Explicación

1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.

inferior a 15.000 euros Artículo 118
Contratos menores: contratos de suministro o de servicios de los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación
Explicación

Atendiendo a la singular naturaleza de su actividad, como excepción al límite previsto en el artículo 118 de esta Ley, tendrán en todo caso la consideración de contratos menores los contratos de suministro o de servicios de valor estimado inferior o igual a 50.000 euros que se celebren por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, siempre que no vayan destinados a servicios generales y de infraestructura del órgano de contratación.

inferior o igual a 50.000 euros Disposición adicional quincuagésima cuarta
Adjudicación directa por las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores: contratos de obras
Explicación

a) Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de servicios y suministros, podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación que, en su caso, sea necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

inferior a 40.000 euros Artículo 321
Adjudicación directa por las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores: contratos de servicios y suministros
Explicación

a) Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de servicios y suministros, podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación que, en su caso, sea necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

inferior a 15.000 euros Artículo 321
Adjudicación directa en contratos no sujetos a regulación armonizada: obras, concesiones de obras y concesiones de servicios
Explicación

En la adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada se aplicarán las siguientes disposiciones: a) Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, de concesiones de obras y concesiones de servicios, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de servicios y suministros, podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

inferior a 40.000 euros Artículo 318
Adjudicación directa en contratos no sujetos a regulación armonizada: servicios y suministros
Explicación

En la adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada se aplicarán las siguientes disposiciones: a) Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, de concesiones de obras y concesiones de servicios, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de servicios y suministros, podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

inferior a 15.000 euros Artículo 318
Adjudicación por cualquiera de los procedimientos previstos, excepto el negociado sin publicidad: obras, concesiones de obras y concesiones de servicios
Explicación

b) Los contratos de obras, concesiones de obras y concesiones de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 40.000 euros e inferior a 5.404.000 euros y los contratos de servicios y suministros de valor estimado superior a 15.000 euros e inferior a 216.000 euros, se podrán adjudicar por cualquiera de los procedimientos previstos en la Sección 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la presente Ley, con excepción del procedimiento negociado sin publicidad, que únicamente se podrá utilizar en los casos previstos en el artículo 168.

igual o superior a 40.000 euros e inferior a 5.404.000 euros Artículo 318
Adjudicación por cualquiera de los procedimientos previstos, excepto el negociado sin publicidad: servicios y suministros
Explicación

b) Los contratos de obras, concesiones de obras y concesiones de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 40.000 euros e inferior a 5.404.000 euros y los contratos de servicios y suministros de valor estimado superior a 15.000 euros e inferior a 216.000 euros, se podrán adjudicar por cualquiera de los procedimientos previstos en la Sección 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la presente Ley, con excepción del procedimiento negociado sin publicidad, que únicamente se podrá utilizar en los casos previstos en el artículo 168.

superior a 15.000 euros e inferior a 216.000 euros Artículo 318
CAPÍTULO II — Capacidad y solvencia del empresario · Sección 1.ª Aptitud para contratar con el sector público
Clasificación como contratista de obras requisito indispensable
Explicación

1. La clasificación de los empresarios como contratistas de obras o como contratistas de servicios de los poderes adjudicadores será exigible y surtirá efectos para la acreditación de su solvencia para contratar en los siguientes casos y términos: a) Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores.

igual o superior a 500.000 euros Artículo 77
Clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que acredita su solvencia económica y financiera y solvencia técnica
Explicación

Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, y que será recogido en los pliegos del contrato, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

inferior a 500.000 euros Artículo 77
Acreditación de la solvencia conforme a los criterios del artículo 87.3 cuando los pliegos no concretaran los requisitos
Explicación

Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, y que será recogido en los pliegos del contrato, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar. En tales casos, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos…

inferior a 500.000 euros Artículo 77
CAPÍTULO II — Capacidad y solvencia del empresario · Sección 2.ª Acreditación de la aptitud para contratar
Acreditación de la solvencia técnica de una empresa de nueva creación por los medios de las letras b) a f)
Explicación

En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.

inferior a 500.000 euros Artículo 88

Memorízalo jugando

El mismo juego de Typed AI, con las 13 filas de este cuadro: une cada supuesto con su valor estimado. Cuenta los fallos y te deja repetir solo lo que se te ha resistido.

Une cada supuesto con su valor estimado

Las 13 parejas del cuadro «Contratos menores y adjudicación directa por cuantía», en rondas de cuatro. Toca un supuesto y después su valor estimado; si dudas, pide una pista.

Sigue con Ley 9/2017

Ya tienes contratos menores y adjudicación directa por cuantía en la cabeza. Ponlas a prueba con el test de la misma ley o repásala escuchándola: todo gratis y sin registro.

Cuadros de otras leyes

Ver todos los cuadros →

Test de otras leyes, gratis y con su artículo

Ver todos los test de leyes →

Typed AI es mucho más que cuadros

Estudia la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público con todo el kit: test, flashcards, esquemas, resúmenes, simulacros y un chat tutor que responde citando el texto legal. O sube tus propios documentos y testea tu temario, con cada respuesta anclada al fragmento del que sale.

Empezar gratis Gratis en Typed AI · empieza con esta ley

FAQ

Preguntas frecuentes

Cómo funcionan los cuadros de Ley 9/2017 y el juego de Unir.

Es una tabla que reúne en un solo sitio 13 filas de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, con supuesto y valor estimado, y el artículo del que sale cada una. Los datos que en el texto legal están repartidos por 3 títulos se ven aquí de una pasada, como en un esquema de la ley por artículo.

Del texto consolidado de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Cada fila cita el artículo exacto y, cuando está disponible, la explicación abre el pasaje literal del que se ha sacado el dato. Las celdas reproducen las palabras del artículo, no una paráfrasis.

Empieza hoy

Repasa Ley 9/2017 con todos sus cuadros

Los cuadros de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público con la explicación de cada fila, el juego de Unir y la exportación a PDF. O sube tus propios documentos.

Ver todos los cuadros en Typed AI