Cada fila es un trámite con su plazo y el artículo que lo fija. Las filas van agrupadas por el título de la ley en que aparecen.
| Trámite | Plazo | Artículo |
|---|---|---|
Consulta pública: tiempo para emitir opinión ExplicaciónLa consulta pública deberá realizarse de tal forma que todos los potenciales destinatarios de la norma tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberá proporcionarse un tiempo suficiente, que en ningún caso será inferior a quince días naturales. | quince días naturales, como mínimo | Artículo 26 |
Aprobación concedida por falta de objeción a la solicitud y a los textos definitivos de la propuesta ExplicaciónSi transcurridos 15 días desde la recepción de la solicitud y de los textos definitivos de la propuesta no se hubiera formulado ninguna objeción, se entenderá concedida la aprobación. | 15 días desde la recepción de la solicitud y de los textos definitivos de la propuesta | Artículo 26 |
Emisión de informes preceptivos ExplicaciónSalvo que normativamente se establezca otra cosa, los informes preceptivos se emitirán en un plazo de diez días, o de un mes cuando el informe se solicite a otra Administración o a un órgano u Organismo dotado de especial independencia o autonomía. | diez días | Artículo 26 |
Emisión de informes preceptivos solicitados a otra Administración o a un órgano u Organismo dotado de especial independencia o autonomía ExplicaciónSalvo que normativamente se establezca otra cosa, los informes preceptivos se emitirán en un plazo de diez días, o de un mes cuando el informe se solicite a otra Administración o a un órgano u Organismo dotado de especial independencia o autonomía. | un mes | Artículo 26 |
Tramitación urgente: audiencia pública o información pública sobre el texto Explicaciónb) No será preciso el trámite de consulta pública previsto en el artículo 26.2, sin perjuicio de la realización de los trámites de audiencia pública o de información pública sobre el texto a los que se refiere el artículo 26.6, cuyo plazo de realización será de siete días. | siete días | Artículo 27 |
Audiencia e información públicas: plazo mínimo ExplicaciónEl plazo mínimo de esta audiencia e información públicas será de 15 días hábiles, y podrá ser reducido hasta un mínimo de siete días hábiles cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen; así como cuando se aplique la tramitación urgente de iniciativas normativas, tal y como se establece en el artículo 27.2. | 15 días hábiles | Artículo 26 |
Audiencia e información públicas: reducción por razones debidamente motivadas o por tramitación urgente ExplicaciónEl plazo mínimo de esta audiencia e información públicas será de 15 días hábiles, y podrá ser reducido hasta un mínimo de siete días hábiles cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen; así como cuando se aplique la tramitación urgente de iniciativas normativas, tal y como se establece en el artículo 27.2. | hasta un mínimo de siete días hábiles | Artículo 26 |
Memorízalo jugando
El mismo juego de Typed AI, con las 7 filas de este cuadro: une cada trámite con su plazo. Cuenta los fallos y te deja repetir solo lo que se te ha resistido.
Une cada trámite con su plazo
Las 7 parejas del cuadro «Plazos del procedimiento de elaboración de normas», en rondas de cuatro. Toca un trámite y después su plazo; si dudas, pide una pista.
Sigue con Ley 50/1997
Ya tienes plazos del procedimiento de elaboración de normas en la cabeza. Ponlas a prueba con el test de la misma ley o repásala escuchándola: todo gratis y sin registro.